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Viernes, 7 enero 2022

Almassora publica el calendario del contribuyente con el IBI más bajo de la provincia

Es el municipio de más de 20.000 habitantes con menor gravamen y más presupuesto

El Ayuntamiento de Almassora ha publicado el calendario del contribuyente, que fija los plazos para el pago de los tributos en 2022 con el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en el gravamen más bajo de los municipios de entre 20.000 y 50.000 habitantes de la provincia. El tipo impositivo contrasta con el volumen presupuestario para este año que, con 43,3 millones de euros, se sitúa a la cabeza de las localidades de su tamaño.

Tal como ha indicado la alcaldesa, Merche Galí, el mayor volumen de ingresos municipales de la ciudadanía procede del IBI, cuyo periodo voluntario de pago del IBI (urbana y rústica) abarca del 24 de mayo al 5 de agosto, mientras que el cargo de los recibos domiciliados está previsto para el 6 de julio. Por su parte, la domiciliación de recibos domiciliados de vados y basuras se cargará el 6 de abril. Quienes ingresen la cuota en periodo voluntario, tendrán del 7 de marzo al 20 de mayo para hacerlo.

El calendario del contribuyente regula también las fechas de pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Motora, que abarca del 6 de abril al 20 de junio en voluntaria y el 6 de mayo como día para los recibos domiciliados. Por su parte, los negocios y empresas podrán pagar el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) entre el 5 de septiembre y el 21 de noviembre. El cargo de las domiciliaciones está previsto para el 5 de octubre.

En el caso de este último impuesto, el presupuesto de 2022 incluye como novedad la bonificación del 30% para aquellas empresas que apuesten por energías renovables o cogeneración. El Ayuntamiento, una vez comprobado que los sistemas se adaptan a los requisitos municipales, aplicará la reducción durante tres años como aliciente para implantar energía más sostenibles.

En todos los casos, tal como indica el portal web del Ayuntamiento de Almassora, “con el objeto de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, se remiten los recibos a los domicilios de los contribuyentes”. No obstante, no existe la obligación legal por parte del Ayuntamiento de enviar los recibos, por lo que si por cualquier circunstancia no recibe los documentos de cobro en periodo voluntario cada residente podrá solicitarlos a través de las vías habilitadas.

En este caso, la ciudadanía podrá pedir los recibos de forma presencial en las oficinas del Servicio de Información y Atención Ciudadana (SIAC) o telemática a través de la carpeta ciudadana. Cabe recordar a quienes domicilien sus recibos, que su validez tendrá efecto “siempre que se registre antes de tres meses del inicio del periodo de cobro voluntario”. De no ser así, se activarán a partir del siguiente ejercicio”.

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